Convocatoria a profesionales para cubrir el cargo de Director del Centro de Protección de Datos Personales.-9434

Numero: 226
Fecha: 2007
Clase: Disposiciones CABA
Tipo de Boletín:
Tipo de Entrada: Anexo
Anexos:
Fuero:
Fuente:

DISPOSICIÓN Nº 226/07  Defensoría del Pueblo

Publicado en BOCBA 2863 del 01/02/2008

                                                                        Buenos Aires, 27 de diciembre de 2007

Visto las Leyes Nros. 3 y 1.845, Decreto N° 757/07, las Disposiciones Nros. 14/00, 24/05 y sus modificatorias y 119/07,

CONSIDERANDO:

Que a fin de dar cumplimiento a los artículos 22 y 23, de la Ley N° 1.845 (B.O.C.B.A. del 3/8/06), por Disposición N° 119/07 se constituyó el Centro de Protección de Datos Personales con dependencia de la Unidad Defensor /a y se aprobó la responsabilidad primaria y acciones del referido Centro;

Es necesario efectuar la convocatoria pública de inscripción de los aspirantes a ocupar la Dirección del Centro, la que tendrá equivalencia en el Escalafón del Personal de esta Defensoría con la categoría de Jefatura de Área;

Asimismo corresponde invitar a personalidades públicas de diversas ramas del derecho, para que sean jurados y dictaminen sobre la idoneidad de los postulantes a Director del Centro de Protección de Datos Personales, seleccionando a los fines de su designación;

Por todo ello,

LA DEFENSORA DEL PUEBLO

DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

 

DISPONE:

Artículo 1° – Convocar a profesionales, en carreras universitarias de no menos de 5 años de duración a inscribirse desde el 20 de enero al 20 de febrero de 2008, a fin de postularse para cubrir el cargo de Director del Centro de Protección de Datos Personales de esta Defensoría del Pueblo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Artículo 2° – Los requisitos indispensables que deben reunir los postulantes al momento de la inscripción son:

a) Ciudadanía argentina.

b) Edad mínima de 35 años.

c) Poseer título profesional universitario otorgado por universidad debidamente reconocida.

d) Antecedentes en derechos humanos, organismos de control de la ciudad y experiencia legislativa en la ciudad.

e) Antecedentes en la materia regulada por la Ley N° 1.845.

f) Manejo de las relaciones públicas, de conducción de personal, conocimiento de procedimientos administrativos, capacidad de asesoramiento y resolución de conflictos.

g) Experiencia en el desempeño de un cargo o empleo público no menor de 10 años de los cuales 5 se hubieren ejercido en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Artículo 3° – Son requisitos deseables para el ejercicio de los cargos:

a) Poseer capacidad de análisis, conducción y planeamiento.

b) Poseer experiencia docente y/o conducción de grupos de trabajo.

c) Poseer experiencia en el ámbito de la Defensoría del Pueblo de la Ciudad de Buenos Aires.

d) Antecedentes de gestión y/o organización y/o administración en el ámbito de la protección de los datos personales.

e) Antecedentes en redacción de normas o funciones en el ámbito legislativo.

Artículo 4° – Los postulantes deberán presentar en la Dirección General de Organización Institucional y Laboral, los currículums debidamente documentados, certificado de libre deuda expedido por el Registro de Deudores Alimentarios Ley N° 269 y el certificado de antecedentes penales.

Artículo 5° – Pasar a la Dirección Técnico-Administrativa, a la Dirección General de Derechos y Garantías, a la Dirección General de Organización Institucional y Laboral y al Área de Comunicación y Publicaciones a los fines de la intervención que les corresponde.

Artículo 6° – Invitar, al Dr. Santiago de Estrada, ex-Vicepresidente Primero de la Legislatura de la Ciudad y actual Auditor de la Auditoria General de la Ciudad, a la Dra. María Teresa del Rosario Moya Domínguez, Vicepresidenta del Consejo de la Magistratura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y al Dr. Gabriel Binstein, a constituirse en jurado evaluador de los antecedentes que los postulantes al cargo de Director del Centro de Datos Personales de esta Defensoría del Pueblo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, hubieran presentado a fin de acreditar idoneidad.

Artículo 7° – Regístrese, comuníquese y publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Pierini