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Inmueble sito en la Avda. Juan B. ALberdi 6159/61. Utilidad pública y sujeto a ocupación temporaria

Numero: 5646
Fecha: 2016
Clase: Ley CABA
Tipo de Boletín: B.O. CABA
Tipo de Entrada: Derecho
Anexos:
Fuero:
Fuente:

 

Buenos Aires, 06 de octubre de 2016

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

sanciona con fuerza de Ley

Artículo 1º.- Declárase de utilidad pública y sujeto a ocupación temporaria en los términos del artículo 30 de la Ley 238 (BOCBA N° 798) el inmueble ubicado en la avenida Juan Bautista Alberdi 6159/61, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Nomenclatura Catastral: Circunscripción 1, Sección 74, Manzana 110, Parcela 031.

Artículo 2°.- El plazo de la ocupación temporaria será de dos (2) años a partir de la toma de posesión del citado inmueble.

Artículo 3°.- Declárase de utilidad pública por el plazo contemplado en el art. 2° los bienes intangibles que componen el fondo de comercio y los bienes muebles existentes en el predio identificado en el artículo 1°, conforme al Anexo I, que es parte de la presente Ley.

Artículo 4°.- El inmueble, los bienes intangibles y los bienes muebles antes mencionados deben ser destinados al funcionamiento de la Cooperativa de Trabajo Los Cabritos Ltda. formada por los ex trabajadores del restaurante-parrilla Los Cabritos

Artículo 5°.- La determinación de los bienes sujetos a expropiación se hará de acuerdo a lo establecido por el artículo 10 de la Ley 238 (BOCBA N° 798).

Artículo 6°.- La Ciudad Autónoma de Buenos Aires cede en comodato a la Cooperativa de Trabajo Los Cabritos Ltda. los bienes declarados de utilidad pública y con la condición que la entidad continúe con su actividad gastronómica.

Artículo 7°.- Facúltase al Poder Ejecutivo a transferir las habilitaciones necesarias para el normal funcionamiento de las actividades desarrolladas por la Cooperativa de Trabajo Los Cabritos Ltda., quedando exceptuada de la normativa específica que inhibiere la transferencia a ésta de las habilitaciones o registros correspondientes.

Artículo 8°.- Exímese a la Cooperativa de Trabajo Los Cabritos Ltda. del pago de todo impuesto, tasa, sellado o timbrado que tenga origen en la tramitación de las habilitaciones y certificaciones administrativas para la continuidad de la actividad desarrollada.

Artículo 9°.- Los gastos que demande el cumplimiento de la presente Ley deben ser imputados a la partida presupuestaria correspondiente al Presupuesto General de Gastos y Recursos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires del ejercicio 2016.

Artículo 10.- Comuníquese, etc.

DIEGO SANTILLI

CARLOS PÉREZ

LEY N° 5.646

Sanción: 06/10/2016

Promulgación: Decreto Nº 559 del 03/11/2016

Publicación: BOCBA N° 5003 del 08/11/2016

ANEXO 1

INVENTARIO:

Sótano:

Centrifuga 1 HP (monofásico) 1
Motores de heladeras de planta baja (monofásico) 3
Bicicleta portacanasto 1
Ciclomotores descompuestos

Piso 1:

Parrilla adosada al piso con tiraje a terraza y motor extractor 1
Asador adosado al piso con campana de tiraje y extractor 1
Heladeras mostrador con equipo en sótano 3
Microondas Kelvinator nuevo 1
Microondas descompuesto 1
Freezer de 2 tapas 1
Freezer descompuesto 1
Termotanques eléctricos  
Cocina industrial con varias reparaciones y bastante obsoleta 2
Freidora industrial (Con mucho uso, bastante obsoleta) 1
Freezer de puerta frontal 1
Freezer exhibidor 1
Cortadora de fiambre 1
Heladera mostrador en cocina con equipo en patio trasero 1
Forzadores de aire en puerta principal 2
Mostrador en cocina con cajonera para pan 1
Mesas 72
Sillas 144
Platos grandes 300
Platos chicos 100
Copas 200
Bandejas 10
Braseros 50
Sillas para chicos 20
Juegos de cubiertos 238
Teléfonos 2
Computadora central con impresora 1
Mueble con 4 cajones y cajón para dinero o caja 1
Araña de 8 luces 2
Araña de 5 luces 8
Luces de emergencia 6
Caloventores 6
Parrilleros y saleros 72

Descriptores

  • Derechos
    • Inmuebles
      • Utilidad pública (Inm)
  • 0800-999-3722 
  • ciudadyderechos@defensoria.org.ar
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