Proyecto. ABL. Condonese deuda

Numero: 1038
Fecha: 2015
Clase: Ley CABA
Tipo de Boletín: B.O.
Tipo de Entrada: Derecho
Anexos:
Fuero:
Fuente:

PROYECTO DE LEY

Artículo 1º.- Condónese la deuda que la Señora Kitmang  Colan,Mary Ofelia DNI 19015940, en concepto de ABL  correspondiente al inmueble ubicado en la calle Osvaldo Cruz 3836-Edif. M48-Piso 2| Departamento «B».

Artículo 2º.- A los fines de la vigencia del artículo 1º de la presente ley la existencia de eventuales pagos imputados a la cancelación de la deuda condonada no da lugar a reclamos, reintegros o repeticiones de suma alguna abonada.

Artículo 3º.- Si hubiera reclamo judicial por la deuda el beneficiario de la presente norma, se hará cargo de las costas y costos por el reclamo judicial iniciado.

Artículo 4º.- Comuníquese, etc.

 

FUNDAMENTOS

 

 Señora Presidenta: La Señora Kitmang Colan se acerco a mi despacho a fin de solicitar la posibilidad de Condonación de una deuda de ABL que tiene el inmueble que habita a través del IVC. Inicio el trámite de Exención dado que es una persona con dicacidad y conviviente con 3 hijos de 15,13 y 11 años. Nos acerca un informe Socioeconómico que avala dicho pedido.

 Por todo lo expuesto, solicito la aprobación del presente proyecto de Ley

 

 María Rosa  Muiños