Artículo 1°.- El Sr. Jefe de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires informará, a través de la Secretaría de Gestión Comunal y Atención Ciudadana, en un plazo no mayor a 30 días de recibida la presente, sobre los siguientes puntos referidos al Decreto 251/2014, lo siguiente:
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Explique el motivo por el que, aún contrariando manifiestamente las disposiciones del Titulo Sexto de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires (arts. 127 a 131) y la Ley 1777 de esta Ciudad, mediante un decreto del Poder Ejecutivo se dispuso la creación de cuatro nuevas figuras en el ámbito de las Comunas de la Ciudad
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Toda vez que el Decreto en cuestión refiere que previo a su sanción se dio intervención al Consejo de Coordinación Intercomunal, deberá informar en qué fechas se discutió tal disposición con dicho consejo y remitir las actas originales firmadas por la totalidad de los participantes en dicha/s reunión/es, en las que surja el contenido de tales reuniones.
Artículo 2º.- Comuníquese.-
FUNDAMENTOS
Señora Presidenta:
El día 25 de junio de este año, se sancionó el Decreto 251/2014, publicado el día 27 de junio de este año en el Boletín Oficial de la Ciudad (BOCABA Nº 4426), que dispuso la creación de las figuras de: 1) Gerente Operativo de Gestión Administrativa y 2) Gerente Operativo de Gestión Comunal. A este último, se le sumaron los cargos de: a) Subgerente Operativo de Participación Vecinal y Atención Vecinal y b) Subgerente Operativo de Control Comunal y de Obras.
La creación de estas nuevas figuras en la órbita comunal, con las atribuciones que se les ponen en cabeza, resulta en flagrante contradicción con el espiritu de la manda constitucional de los artículos 127 a 131 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires, como así también de las disposiciones contenidas en la Ley 1777.
En este sentido, se produce una modificación en el esquema orgánico de las Comunas de la Ciudad por medio de un acto administrativo del Poder Ejecutivo.
Por si fuera poco, del decreto en cuestión se desprende que previo a su sanción se le dio intervención al Consejo de Coordinación Intercomunal, con lo que deviene fundamental para este Poder del Estado tomar conocimiento del contenido de la/s reunión/es en la/s que se discutiera, como asi también las posiciones que se tomaron en torno a este acto del Poder Ejecutivo.
Por todo lo mencionado, solicito la aprobación de la presente resolución.
Diputada María Rosa Muiños