Proyecto. Servicio de mantenimiento integral de arbolado urbano. Licitación pública. Informes

Numero: 577
Fecha: 2015
Clase: Resolución CABA
Tipo de Boletín: B.O. CABA
Tipo de Entrada: Derecho
Anexos:
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Fuente:

 

PROYECTO DE RESOLUCIÓN




Artículo 1°.- El Poder Ejecutivo informará, a través de la Secretaría de Gestión Comunal y Atención Ciudadana, dentro de los 30 (treinta) días de recibida la presente, sobre los siguientes puntos relacionados con el llamado a licitación pública 27/SIGAF/2015, Expediente-18055012-MGEYA-2014, vinculado con el Servicio de Mantenimiento Integral de Arbolado Urbano:


a) Si ha dado intervención a cada una de las Juntas Comunales

b) Remita en originales y/o fotocopias certificadas, la totalidad de las resoluciones de Juntas Comunales y/o dictámenes elaborados por las Juntas Comunales respecto del asunto que motiva el llamado a licitación

c) Remita en original y/o fotocopias certificadas del expediente Expediente-18055012–MGEYA-2014, actuación originaria vinculada a la Licitación Pública 27/SIGAF/2015 a la Comisión de Descentralización y Participación Ciudadana

Artículo 2°.- Comuníquese, etc.



FUNDAMENTOS


Señora Presidenta:



El Expediente-18055012-MGEYA-2014, actuación originaria del llamado a licitación pública 27/SIGAF/2015 de la Secretaria de Gestión Comunal consiste en la contratación por el lapso de 36 meses (prorrogable por el PE CABA por 12 meses más), para la realización de distintas tareas de mantenimiento integral del arbolado público urbano. De los pliegos de la licitación en cuestión surge que la autoridad de aplicación respecto de los trabajos que se licitan quedan en cabeza de las Comunas y el monto de la licitación es de $870.000.000.


Ahora bien, corresponde determinar si el Poder Ejecutivo de la Ciudad omitió el análisis de la ley 1777 (Comunas), y el Decreto 166/2013 (por medio del cual se transfieren a la órbita de las Comunas, facultades de la autoridad de aplicación de la ley 3263, a excepción de aquello vinculado con transplante de ejemplares e introducción de arbolado).


Por otro lado, cabe destacar lo dispuesto por el Decreto 166/GCBA/2013 que determina la transferencia a las Comunas respecto de las responsabilidades primarias relativas al Mantenimiento Integral del Arbolado Público. Ergo, se determina como autoridad de aplicación respecto de la poda del arbolado público, de conformidad con la ley 3263.

En este sentido, fundamenta el presente pedido de informes, conocer si el llamado a licitación (que implica los trabajos de Mantenimiento Integral del Arbolado Público), pretende una relación de dependencia y subordinación por parte de las Comunas al Poder Ejecutivo, pues se licita la totalidad del arbolado público de la Ciudad de Buenos Aires.

El llamado a licitación fue abordado en la reunión del Consejo de Coordinación Intercomunal del día 5 de diciembre de 2014 y aprobado por los Presidentes de las Comunas presentes.

Por otro lado, se desconoce si previo al llamado a licitación, existió algún aval respecto de las Juntas Comunales o si sometieron el asunto a éstas con antelación mediante consulta o cualquier otra vía institucional.

Es por ello que solicito la aprobación del presente proyecto de resolución.




Diputada María Rosa Muiños