Corresponde condenar al imputado responsable de cometer la falta prevista en el art. 56 inc. b) del Código de Faltas a finalizar sus estudios secundarios, bajo apercibimiento de disponerse su inmediata detención, ya que la única solución posible y existente, por el momento y en tanto el Ministerio de Salud no provea otra alternativa, es disponer que el involucrado realice, en el horario de la tarde-noche, que es el que no utiliza para trabajar con su padre, alguna actividad que distraiga su atención, lo mantenga ocupado y lejos de los centro de distribución de drogas.