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Circulación sentido único calle Leguizamón.

Numero: 4529
Fecha: 2013
Clase: Ley CABA
Tipo de Boletín: B.O. CABA
Tipo de Entrada: Derecho
Anexos:
Fuero:
Fuente:

 

Buenos Aires, 09 de mayo de 2013

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

sanciona con fuerza de Ley

Artículo 1º.- Asignase sentido único de circulación al siguiente tramo de arteria en la forma en que se indica:

ONÉSIMO LEGUIZAMÓN: desde la calle Andalgalá hasta la calle José León Suárez, de E a O.

Artículo 2°.- La presente Ley entra en efectiva vigencia una vez instalada la señalización vertical correspondiente.

Artículo 3°.- Comuníquese, etc.

CRISTIAN RITONDO

CARLOS PÉREZ

LEY N° 4.529

Sanción: 09/05/2013

Promulgación: Decreto Nº 217/013 del 03/06/2013

Publicación: BOCBA N° 4172 del 11/06/2013

Descriptores

  • Derechos
    • Tránsito y Transporte
      • Circulación (TyT)
  • 0800-999-3722 
  • ciudadyderechos@defensoria.org.ar
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