Día del Director Audiovisual. Institúyese

Numero: 4259
Fecha: 2012
Clase: Ley CABA
Tipo de Boletín: B.O. CABA
Tipo de Entrada: Derecho
Anexos:
Fuero:
Fuente:

Buenos Aires, 23 de agosto de 2012

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

sanciona con fuerza de Ley

Artículo 1º.- Instituyese el día 23 de julio de cada año como «Día del Director Audiovisual».

Artículo 2º.- El Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires realizará anualmente, en la semana que comprenda al día 23 de julio, actividades en las que se destaquen la importancia de la creación audiovisual nacional invitando al mismo a los creadores y trabajadores de la producción audiovisual y a las entidades que asociativa o gremialmente los representen.

Artículo 3º.- Comuníquese, etc.

MARÍA EUGENÍA VIDAL

CARLOS PÉREZ

LEY N° 4.259

Sanción: 23/08/2012

Promulgación: Decreto Nº 464 del 19/09/2012

Publicación: BOCBA N° 4002 del 26/09/2012