Inmuebles innecesarios. Declaración. Subasta Pública. Venta. Instituto de la Vivienda. Transferencia

Numero: 4264
Fecha: 2012
Clase: Ley CABA
Tipo de Boletín: B.O. CABA
Tipo de Entrada: Derecho
Anexos: 9876
Fuero:
Fuente:

Buenos Aires, 23 de agosto de 2012

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

sanciona con fuerza de Ley

Artículo 1º.- Decláranse innecesarios para la gestión del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y dispónese la enajenación de los inmuebles individualizados en el Anexo I, que forma parte de la presente, de conformidad con lo establecido en la normativa vigente.

Artículo 2º.- Apruébase la venta, a través del procedimiento de Subasta Pública, de los inmuebles individualizados en el Anexo II, que forma parte integrante de la presente.

Artículo 2º bis.- Aprúebase la venta, realizada conforme lo previsto por el artículo 58 inc. b) de la Ley 2095, Ley de Compras y Contrataciones de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, del inmueble sito en la calle Murature S/N (Nomenclatura Catastral: Circunscripción 15, Sección 85. Manzana 3b, Fracción C)

(Incorporado por el Art. 2º de la Ley Nº 4.652, BOCBA N° 4228 del 03/09/2013)

Artículo 3º.- Transfiéranse a título gratuito al Instituto de Vivienda de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires los inmuebles individualizados en el Anexo III, que forma parte integrante de la presente, a efectos de que dicho organismo brinde una solución habitacional definitiva a sus ocupantes legítimos.

Artículo 4º.- El producido de la venta del inmueble individualizado en el artículo 2 bis y los inmuebles detallados en los Anexos I, II y III será ingresado a las partidas presupuestarias correspondientes al Ministerio de Cultura, Jurisdicción Nº 50, inciso 4), con el fin de destinarlo a las obras de infraestructura, puesta en valor y equipamiento del Teatro General San Martín, del Centro Cultural General San Martín del Complejo Ciudad de la Música y del Museo de Arte Moderno de Buenos Aires.

(Conforme texto Art. 3º de la Ley Nº 4.652, BOCBA N° 4228 del 03/09/2013)

Artículo 5º.- Comuníquese, etc.

MARÍA EUGENÍA VIDAL

CARLOS PÉREZ

LEY N° 4.264

Sanción: 23/08/2012

Promulgación: Decreto Nº 461 del 19/09/2012

Publicación: BOCBA N° 4002 del 26/09/2012

ANEXO I

INMUEBLES A DECLARAR INNECESARIOS Y
DISPONER SU ENAJENACION SEGÚN NORMATIVA VIGENTE

DOMICILIO CIRC. SEC. MZA. PARC.
AV. CORDOBA 2.222/26 11 9 49 4
AV. DERQUI 3.710 1 56 103 17 a
AV. FOREST 1.597 17 37 45A 21
AV. FOREST (EX OCHAVA) S/N 17 37 45A 48
AV. FRANCISCO BEIRÓ  S/N 15 89 92 17i
AV. FRANCISCO BEIRÓ  S/N 15 89 92 17j
AV. FRANCISCO BEIRÓ  S/N 15 89 92 17k
AV. FRANCISCO BEIRÓ  4.653 15 89 92 17l
AV. FRANCISCO BEIRÓ  4.639 15 89 92 17ll
AV. JUJUY 33/43 9 28 69 19 b
AV. RIVADAVIA 5.377/81 7 45 28 13
BOLIVIA 5.870 16 75 65 8
CONDARCO 2.845 15 69 47 23
EZEIZA 2636 16 75 65 14
NAZCA 5.837 16 75 40 a 21
NAZCA 5.896 16 75 29 11
NICARAGUA 5.546/48 (U.F.6) 17 35 58 5
VERA 1.216 17 33 3 1

 (Modificado por el Art. 1º de la Ley Nº 4.567, BOCBA Nº 4194 del 16/07/2013)

ANEXO II

INMUEBLES SUBASTADOS PARA SU APROBACIÓN

DOMICILIO CIRC. SEC. MZA. PARC.
CONDARCO 2245 15 69 39B 8
ESPINOSA 1960/64 15 59 146 9
SINCLAIR S/N 18 21 55A 17E

(Modificado por el  Art. 1º de la Ley Nº 4.652, BOCBA N° 4228 del 03/09/2013)

ANEXO III

INMUEBLES A TRANSFERIR AL INSTITUTO DE VIVIENDA DE LA CIUDAD
AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DOMICILIO CIRC. SEC. MZA. PARC.
GENERAL URQUIZA 1376/78 8 30 59 5a
HUMBOLT 2.451/55 (5º piso – U.F. 14) 17 35 115 14