Buenos Aires, 06 de agosto de 2009.-
La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
sanciona con fuerza de Ley
Artículo 1°.- Sustitúyase el texto del Parágrafo 5.4.6.10 Distrito de Zonificación U9 “Barrios Ricchieri A, AB, B, C y E Barrio Cardenal Samoré” del Código de Planeamiento Urbano, por el que como Anexo I forma parte de la presente.
Artículo 2º.-Sustitúyase el Plano Nº 5.4.6.10º) Distrito de Zonificación U9 del citado Código por el que como Anexo II forma parte de la presente.
Artículo 3º.– Comuníquese, etc.
JUAN MANUEL OLMOS
CARLOS PÉREZ
Nota: Los Anexos I y II de la presente Ley fueron publicados en la Separata del BOCBA N° 3262 del 21/09/2009