Buenos Aires, 21 de diciembre de 2006.-
La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
sanciona con fuerza de Ley
Artículo 1°.- Declárase de utilidad pública y sujeto a expropiación, de conformidad con la Ley N° 238, al predio conocido como «Estación Vail» en el barrio de Boedo, cuya denominación catastral es la siguiente: Circunscripción 8, Sección 30, Manzana 28, Parcela 1.
Artículo 2°.- Desaféctase el predio delimitado en el artículo 1° del Distrito de Zonificación R2bI.
Artículo 3°.- Aféctase a Distrito de Zonificación UP (Urbanización Parque) al predio delimitado en el artículo 1°, para ser destinado a espacio verde de uso público, y usos complementarios compatibles con la zonificación UP.
Artículo 4°.- A los efectos del cumplimiento de la presente ley el Poder Ejecutivo procederá a realizar en el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos para el Ejercicio 2007 una reserva de partida en la Jurisdicción 99 Obligaciones a cargo del Tesoro -Bienes Preexistentes- hasta la suma de siete millones novecientos mil pesos ($ 7.900.000).
Artículo 5°.- Comuníquese, etc.
SANTIAGO DE ESTRADA
ALICIA BELLO