Prestación de Servicios de Mediación y Conciliación con el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Convenio.

Numero: 216
Fecha: 2008
Clase: Disposiciones CABA
Tipo de Boletín: B.O. CABA
Tipo de Entrada: Derecho
Anexos:
Fuero:
Fuente:

DISPOSICIÓN N° 216 – DP/08

Publicada en BOCBA 3066 del 27/11/2008 

                                   Buenos Aires, 25 de septiembre de 2008

VISTO:

La ley N° 3 y el Convenio Marco de Prestación de Servicios de Mediación y

Conciliación suscripto el 28 de agosto de 2008, con el Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires, y

CONSIDERANDO:

Que esta Defensoría ha suscripto un Convenio Marco de Prestación de Servicios de

Mediación y Conciliación con el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

por el cual este último a través de la Procuración General de la Ciudad de Buenos

aires, someterá voluntariamente al Servicio de Mediación y Conciliación de esta

Defensoría, aquellas controversias jurídicas suscitadas entre los vecinos de la ciudad y

algún ente u organismo centralizado o descentralizado del Gobierno de la Ciudad;

Que en virtud de tal convenio, esta Defensoría también pone a disposición del

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos  Aires, su servicio de Mediación y

Conciliación en las cuestiones que sean materia de su competencia conforme la

normativa vigente.

Por ello y dado la necesidad de poner en conocimiento de la comunidad tan

relevante instrumento de resolución de conflictos es que corresponderá proceder a la

publicación del convenio suscripto,

LA DEFENSORA DEL PUEBLO

DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

DISPONE

Artículo 1°.- Publicar por tres (3) días en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos

Aires, el «Convenio Marco de Prestación de Servicios de Mediación y Conciliación»,

suscripto entre la Defensoría del Pueblo de la Ciudad de Buenos Aires y el Gobierno

de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que a continuación se detalla.

Artículo 2°.- Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese. Pierini

VER ANEXO EN SEPARATA DEL BOLETÍN OFICIAL n° 3066 DEL 27-11-2008