Tenzin Gytso XIV Dalai Lama del Tibet

Numero: 407
Fecha: 2006
Clase: Decreto CABA
Tipo de Boletín: B.O. CABA
Tipo de Entrada: Derecho
Anexos:
Fuero:
Fuente:

                                                           

                                                                  Buenos Aires, 26 de abril de 2006.-

DECRETO N° 407

Tenzin Gyatso, XIV Dalai Lama del Tíbet: se lo declara Visitante Ilustre de la Ciudad

Visto la Ley N° 578 y el Expediente N° 21.246/06.

CONSIDERANDO:

Que por la mencionada actuación la Dirección General de Cultos, dependiente de la Secretar General, solicita se declare «Visitante Ilustre de la Ciudad de Buenos Aires» a Su Santidad Dalai Lama, en reconocimiento a su trayectoria internacional, de conformidad con lo establecido en la Ley N° 578. Que Su Santidad Tenzin Gyatso, nació el 6 de julio de 1935 en un pequeño pueblo llamado Takster (Amdo), en el noreste del Tíbet, cerca de la frontera con China, con el nombre de Lhamo Dondhup. Que Su Santidad Dalai Lama a los dos (2) años de edad fue reconocido, de acuerdo a la tradición tibetana, como la reencarnación de su predecesor, el XIII Dalai Lama. Que a los cuatro (4) años de edad fue ordenado monje budista y entronizado como XIV Dalai Lama del Tíbet, cuyo nombre religioso es Jamphel Ngawang Lobsang Yeshe Tenzin Gyatso. Que el XIV Dalai Lama es el Jefe de Estado y líder espiritual del pueblo tibetano, reconocido en el mundo por su mensaje de paz, no violencia, entendimiento y compasión. Que los Dalai Lama son considerados manifestaciones del Buda de la Compasión, quien ha elegido reencarnar para beneficiar a todos los seres humanos. «Dalai Lama» es un tmongol que se traduce como «Océano de Sabiduría». Que a causa de la invasión china del Tíbet tuvo que asumir el poder político a los dieciseis años (16) y debió exiliarse en el año 1959. Desde entonces reside en Dharamsala, en el estado de Himachal Pradesh, en el norte de la India, donde asentó el Gobierno Tibetano en el exilio, reconstruyendo, con miles de compatriotas las instituciones del estado tibetano. Que Su Santidad ha visitado un gran número de países para compartir su deseo práctico de compasión universal, paz y armonía, en un incansable esfuerzo por mitigar el sufrimiento del mundo, y su elocuente prédica apunta a una comprensión global de los beneficios de la bondad y la compasión, del respeto al medio ambiente y sobre todo, de la necesidad de lograr paz en el mundo.Que por su incansable lucha para encontrar una resolución pacífica al conflicto del Tíbet, le fue otorgado el Premio Nobel de la Paz el 10 de diciembre de 1989. Que ha recibido más de 60 Doctorados Honoris Causa, distinciones y premios de prestigiosas universidades y otras instituciones en el mundo, entre las cuales se cuentan los Doctorados Honoris Causa de la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales de la UBA en 1999 y de la Universidad del Salvador en 1992.

Que las citadas distinciones han sido un reconocimiento a su obra literaria sobre filosofía  budista, y a su liderazgo al servicio de la libertad, la paz y la no violencia, que cabe señalar al respecto, que el Dalai Lama visitó Argentina en 1992 y 1999, y ahora nos honra con su tercera visita, la que tendrá lugar entre el 30 de abril y el 2 de mayo del corriente año, para compartir con todos los argentinos sus ideas de compasión, paz y armonía espiritual, en su incansable esfuerzo por beneficiar a todos los seres humanos. Que, la presencia de tan destacada personalidad constituye una singular oportunidad para testimoniarle el reconocimiento y homenaje por parte de este Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los artículos 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y de conformidad con lo establecido en el artículo 3 Ley N° 578. EL JEFE DE GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1° – Declárase «Visitante Ilustre de la Ciudad de Buenos Aires» a Su Santidad Tenzin Gyatso, XIV Dalai Lama del Tíbet, con motivo de su visita a esta ciudad, que tendrá lugar entre el 30 de abril y el 2 de mayo del corriente año.

Artículo 2° – El señor Jefe de Gobierno hará entrega, en la ceremonia oficial que se realizar tal efecto, de una Medalla de Oro y del Diploma con la mención conferida en el art. precedente.

Artículo 3° – Comuníquese a la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Artículo 4° – El presente decreto es refrendado por la señora Ministra de Cultura.

Artículo 5° – Dése al Registro; publíquese en el Bo letín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su conocimiento y fines pertinentes, remítase a la Dirección General de Ceremonial y Planeamiento Ejecutivo. Cumplido, archívese.

                                                                                    TELERMAN – Fajre