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Ampliése en 45 días el plazo a que hace referencia el articulo 18° de la ley “s” nro. 17.112 (Estatuto para el Personal Civil de la SIDE y de los servicios de inteligencia de las fuerzas armadas)

Numero: 17266
Fecha: 1967
Clase: Ley NAC
Tipo de Boletín: B.O.
Tipo de Entrada: Derecho
Anexos:
Fuero:
Fuente:

Bs. As., 8/5/1967

En uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 5° del Estatuto de la Revolución Argentina,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE LEY:

Artículo 1º — Amplíese en 45 días el plazo a que hace referencia el Artículo 18° de la Ley «S» N° 17.112 (Estatuto para el Personal Civil de la Secretaría de Informaciones de Estado y de los Servicios de Inteligencia de las Fuerzas Armadas).

Art. 2° — La presente Ley es clasificada de «SECRETA», regístrese y archívese en la Secretaría de Informaciones de Estado.

Firmas

Descriptores

  • Derechos
    • Secretas
      • Secretas (Sec)
  • 0800-999-3722 
  • ciudadyderechos@defensoria.org.ar
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