Buenos Aires, 27 de abril de 2006.-
La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
sanciona con fuerza de Ley
Artículo 1°.- Declárase «Patrimonio Cultural de la Ciudad de Buenos Aires» al Filete Porteño.
Artículo 2°.- Comuníquese, etc.
SANTIAGO DE ESTRADA
ALICIA BELLO
LEY N° 1.941
Sanción: 27/04/2006
Promulgación: Decreto Nº 586/006 del 29/05/2006
Publicación: BOCBA N° 2452 del 05/06/2006