DAVID DOMINGO DÍAZ S/INFRACCIÓN ART 189 BIS CP.

Numero:
Fecha:
Clase:
Tipo de Boletín:
Tipo de Entrada: Jurisprudencia
Anexos:
Fuero: FCyF
Fuente: C.M.

PROCEDIMENTO PENAL- PRISION PREVENTIVA- ANTECEDENTES PENALES- CIRCUNSTANCIAS QUE IMPIDEN LA EXCARCELACION- INTENCION DE ELUDIR LA ACCION DE LA JUSTICIA

Para afirmar el riesgo procesal referido a la posible elusión del accionar judicial, no resulta necesaria la acreditación de que en alguno de los dos procesos en los cuales anteriormente el imputado fuera condenado haya registrado rebeldías.

DATOS: C. A. Contrav. y de Faltas C.A.B.A. Causa 05-00/CC/05 –David Domingo Díaz s/ infracción art. 189 bis CP- Sala I. Del voto de los Dres.Marum y Vázquez, febrero 10 de 2005. Sentencia Nº 017 – 05.

PORTACION DE ARMAS (PENAL)- TENENCIA DE ARMAS- ARMAS DE FUEGO: CARÁCTER- MUNICIONES- BIEN JURIDICO PROTEGIDO

Si el arma secuestrada es apta para el disparo, conservando entonces la naturaleza propia que la caracteriza como tal, desde el momento de su creación como fabricación humana, la circunstancia de que el cartucho hallado en su interior sea inidóneo repercute en que ella no pueda ser utilizada de inmediato mas no en la aptitud aludida. Por ello este tribunal comparte la decisión del juez a quo que redujo, con el grado de provisoriedad que los juicios en esta instancia permiten, el grado del reproche mutando la calificación de «portación» a «tenencia».

Este Tribunal también comparte la afirmación acerca del peligro cierto que entraña, para la seguridad de todos los ciudadanos de esta urbe así como de los eventuales visitantes, que una persona tenga en su poder un arma apta para el disparo sin haber sido autorizada para ello. Aunque, también es cierto y lo previó el legislador, dicho peligro es menor al representado por esa misma persona teniendo (portando) un arma apta para ser utilizada de inmediato. Esa diferencia explica la reducción en la medida del reproche en uno y en otro caso.

DATOS: C. A. Contrav. y de Faltas C.A.B.A. Causa 05-00/CC/05 –David Domingo Díaz s/ infracción art. 189 bis CP- Sala I. Del voto de los Dres.Marum y Vázquez, febrero 10 de 2005. Sentencia Nº 017 – 05.