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Jardín de los Poetas. Sector del Rosedal. Denominación

Numero: 1789
Fecha: 2005
Clase: Ley CABA
Tipo de Boletín: B.O. CABA
Tipo de Entrada: Derecho
Anexos: 8968
Fuero:
Fuente:

Buenos Aires,15 de septiembre de 2005

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

sanciona con fuerza de Ley

Artículo 1º.- Denomínase «El Rosedal» a la plaza conocida tradicionalmente con ese nombre y delimitada por las avenidas Infanta Isabel, Iraola y Pte. Pedro Montt.

Artículo 2°.- Denomínase «Jardín de los Poetas» al sector del rosedal en el cual se encuentran emplazados bustos de poetas.

Artículo 3º.– Comuníquese, etc.

SANTIAGO DE ESTRADA

JUAN MANUEL ALEMANY

LEY N° 1.789

Sanción: 15/09/2005

Promulgación: Decreto Nº 1605 del 19/10/2005

Publicación: BOCBA N° 2305 del 27/10/2005

Descriptores

  • Derechos
    • Protección Patrimonio Cultural
      • Espacio Público (PPC)
  • 0800-999-3722 
  • ciudadyderechos@defensoria.org.ar
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