RESOLUCIÓN N° 330 – SJG
Cámara Nacional Electoral: se autoriza una transferencia de fondos en su favor
Buenos Aires, 17 de octubre de 2005.
Visto el Expediente N° 68.652/05, y
CONSIDERANDO:
Que, por el actuado mencionado tramita una transferencia de fondos por la suma de pesos trescientos setenta mil ($ 370.000) a favor de la Cámara Nacional Electoral;
Que, teniendo en cuenta que por Decreto N° 1.074/05 el Sr. Jefe de Gobierno ha convocado para el próximo 23 de octubre al electorado de la ciudad a elegir diputados locales, en simultaneidad con la elección de diputados nacionales, la Cámara Nacional Electoral solicita se de cumplimiento a la cláusula vigésima del «Convenio de Colaboración» suscripto el 28 de diciembre de 2004 entre el Poder Judicial de la Nación, el Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad y el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que, el monto requerido corresponde a una compensación económica, que por ser elecciones simultáneas, se fijó en 24.000 horas extraordinarias, equivalentes al cincuenta por ciento (50%) de lo que percibirá el Juzgado Federal Electoral de la Capita Federal, con motivo de la colaboración a brindarse al momento de llevarse a cabo las elecciones del distrito, el próximo 23 de octubre;
Que, por el art. 4° del precitado Decreto N° 1.074/05 de convocatoria a elecciones, se autoriza al suscripto a efectuar pagos, reintegros y transferencias del Programa Presupuestario N° 40 -Gestión Electoral- perteneciente a la Dirección General Electoral de la Secretaría Jefe de Gabinete, con el objetivo de garantizar la organización y ejecución de los comicios convocados;
Por ello,
EL JEFE DE GABINETE
RESUELVE:
Artículo 1° – Autorízase una transferencia de fondos de pesos trescientos setenta mil ($ 370.000) a favor de la Cámara Nacional Electoral, destinado a financiar gastos en concepto de horas extras del personal afectado a las tareas relacionadas con el acto electoral que se realizará en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, convocado para el 23 de octubre de 2005.
Artículo 2° – La presente encontrará respaldo crediticio en la partida correspondiente del presupuesto del ejercicio en vigor.
Artículo 3° – Facúltase, en consecuencia, a la Dirección General de Contaduría a incluir la suma indicada en el art. 1° en una orden de pago, la que deberá ser depositada en la cuenta corriente del Banco Ciudad N° 4383/6-Sucursal Tribunales-Cámara Nacional Electoral otros gastos.
Artículo 4° – Regístrese. Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Cámara Nacional Electoral y para su conocimiento y demás efectos, pase a las Direcciones Generales Electoral, de Contaduría y Tesorería. Cumplido, archívese. Fernández