Buenos Aires, 12 de mayo de 2005.-
La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
sanciona con fuerza de Ley
Artículo 1º.- Institúyase el día 21 de mayo de cada año como «Día de la Diversidad Cultural», en coincidencia con la conmemoración del «Día Mundial de la Diversidad Cultural», declarado por la Asamblea General de las Naciones Unidas.
Artículo 2°.- La Secretaría de Cultura del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, o el organismo que en un futuro la reemplace, arbitrará los medios necesarios para la organización de actividades referenciales al Día Mundial de la Diversidad Cultural, durante la tercera semana de mayo de cada año.
Artículo 3°.- Los gastos que demande el cumplimiento de la presente ley, serán imputados a la partida presupuestaria correspondiente.
Artículo 4º.- Comuníquese, etc.
SANTIAGO DE ESTRADA
JUAN MANUEL ALEMANY
LEY N° 1.697
Sanción: 12/05/2005
Promulgación: Decreto Nº 888 del 13/06/2005
Publicación: BOCBA N° 2214 del 17/06/2005