Ir al contenido
  • Home
  • Leyes de la Ciudad 1
  • Leyes de la Ciudad 2
Menu
  • Home
  • Leyes de la Ciudad 1
  • Leyes de la Ciudad 2

ABL. Centro Navarro de Buenos Aires. Condonación Deuda

Numero: 1421
Fecha: 2004
Clase: Ley CABA
Tipo de Boletín: B.O. CABA
Tipo de Entrada: Derecho
Anexos:
Fuero:
Fuente:

 

Buenos Aires 26 de agosto de 2004

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

sanciona con fuerza de Ley

Artículo 1°.- Condónase la deuda que, en concepto de Contribuciones de Alumbrado, Barrido y Limpieza, Territorial y de Pavimentos y Aceras y Ley N° 23.514, mantiene el Centro Navarro de Buenos Aires con este Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por el inmueble sito en la calle Moreno 3682.

Artículo 2°.- A los fines de la vigencia del artículo 1° de la presente Ley, la existencia de eventuales pagos imputados a la cancelación de la deuda condonada no da lugar a reclamos, reintegros o repetición de suma alguna abonada.

Artículo 3°.- Si hubiera reclamo judicial por la deuda el beneficiario de la presente norma, se hará cargo de las costas y costos por el reclamo judicial iniciado.

Artículo 4°.- Comuníquese, etc.

SANTIAGO DE ESTRADA

JUAN MANUEL ALEMANY

LEY N° 1.421

Sanción: 26/08/2004

Promulgación: De Hecho del 27/09/2004

Publicación: BOCBA N° 2043 del 12/10/2004

SANTIAGO DE ESTRADA

JUAN MANUEL ALEMANY

LEY N° 1.421

Sanción: 26/08/2004

Promulgación: De Hecho del 27/09/2004

Publicación: BOCBA N° 2043 del 12/10/2004

Descriptores

  • 0800-999-3722 
  • ciudadyderechos@defensoria.org.ar
El Portal no se responsabiliza por la cooperación material necesaria para la publicación o difusión de artículos y colaboraciones firmadas y contenidos de reportajes o transmisión o retransmisión de noticias de interés general con expresión de su fuente.