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ABL. Calle Wenceslao Villafañe. Condonación de deuda

Numero: 1272
Fecha: 2004
Clase: Ley CABA
Tipo de Boletín: B.O. CABA
Tipo de Entrada: Derecho
Anexos:
Fuero:
Fuente:

 

Buenos Aires 18 de marzo de 2004

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

sanciona con fuerza de Ley

Artículo 1º.- Condónase al señor Oscar Cipriano Arenzo la deuda que mantiene con el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires en concepto de contribuciones por Alumbrado, Barrido y Limpieza, Territorial y de Pavimentos y Aceras y Ley Nº 23.514 por el inmueble sito en la calle Wenceslao Villafañe Nº 1010 partida Nº 0110343-01.

Artículo 2º.- A los fines de la vigencia del artículo 1º de la presente Ley la existencia de eventuales pagos imputados a la cancelación de la deuda condonada no da lugar a reclamos, reintegros o repeticiones de suma alguna abonada.

Artículo 3º.- Si hubiera reclamo judicial por la deuda el beneficiario de la presente norma, se hará cargo de las costas y costos por el reclamo judicial iniciado.

Artículo 4º.- Comuníquese, etc.

SANTIAGO DE ESTRADA

JUAN MANUEL ALEMANY

LEY N° 1272

Sanción: 18/03/2004

Promulgación: Decreto Nº 569 del 12/04/2004

Publicación: BOCBA N° 1920 del 15/04/2004

Descriptores

  • 0800-999-3722 
  • ciudadyderechos@defensoria.org.ar
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