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Ley Orgánica. Poder Judicial. Pago voluntario. Prorroga

Numero: 636
Fecha: 2001
Clase: Ley CABA
Tipo de Boletín:
Tipo de Entrada: Derecho
Anexos:
Fuero:
Fuente:

 

Buenos Aires 13 de septiembre de 2001

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

sanciona con fuerza de Ley

Artículo 1º.- Prorrógase hasta el día 31 de marzo de 2002 el beneficio del pago voluntario previsto en el articulo 6º de la Ley Nº 591. Dicha prórroga rige desde el vencimiento del plazo establecido en la Resolución N° 146/2001 del 16 de agosto.

Artículo 2º.- Comuníquese, etc.

CECILIA FELGUERAS

JUAN MANUEL ALEMANY

LEY N° 636

Sanción: 13/09/2001

Promulgación: Decreto Nº 1.507 del 03/10/2001

Publicación: BOCBA N° 1294 del 11/10/2001

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