Villa Ortúzar. Barrio. Institúyese

Numero: 1065
Fecha: 2003
Clase: Ley CABA
Tipo de Boletín: B.O. CABA
Tipo de Entrada: Derecho
Anexos:
Fuero:
Fuente:

Buenos Aires, 18 de septiembre de 2003

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

sanciona con fuerza de Ley

Artículo 1º.- Institúyase como «Día del Barrio de Villa Ortúzar» el 26 de abril de cada año, en conmemoración de la fecha en que Santiago Francisco de Ortúzar compró los terrenos del actual barrio.

Artículo 2º.- Comuníquese, etc.

CECILIA FELGUERAS

JUAN MANUEL ALEMANY

LEY N° 1.065

Sanción: 18/09/2003

Promulgación: De Hecho del 10/10/2003

Publicación: BOCBA N° 1799 del 20/10/2003