Gobierno Nacional, los Gobiernos Provinciales, la Cámara Argentina de Turismo y Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Mejoramiento de la competitividad y la generación de empleo. Convenio

Numero: 828
Fecha: 2002
Clase: Ley CABA
Tipo de Boletín: B.O. CABA
Tipo de Entrada: Derecho
Anexos:
Fuero:
Fuente:

Buenos Aires, 16 de julio de 2002

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

sanciona con fuerza de Ley

Artículo 1º.- Apruébase el Convenio Nº 35/01 celebrado con fecha 2 de julio de 2001, entre el Gobierno Nacional, los Gobiernos Provinciales, el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la Cámara Argentina de Turismo (CAT), la Asociación de Organizadores de Congresos, Ferias, Exposiciones y Afines de la República Argentina (AOCA), la Asociación de Ejecutivas de Empresas Turísticas (AFEET), la Asociación de Hoteles de Turismo de la República Argentina (AHT), la Asociación de Hoteles, Restaurantes, Confiterías y Cafés (AHRCC), la Asociación Argentina de Agencias de Viajes y Turismo (AAAVYT), la Federación Empresaria Hotelera, Gastronómica de la República Argentina (FEHGRA), la Cámara Argentina de Concesionarios de Servicios de Comedores y Refrigerios (CACYR), la Cámara Argentina de Tiempo compartido (CATC), la Federación de Cámaras de Turismo (FEDECATUR), y la Unión de Trabajadores Hoteleros y Gastronómicos de la República Argentina (UTHGRA), cuya copia certificada, como Anexo I, forma parte integrante de la presente Ley, con la reserva oportunamente efectuada por el Señor Jefe de Gobierno en los puntos 2.1., 2.2. y 2.3 del presente.

Artículo 2º.- Comuníquese, etc.

MARIA CECILIA FELGUERAS

JUAN MANUEL ALEMANY

LEY N° 828

Sanción: 16/07/2002

Promulgación: Decreto Nº 963 del 14/08/2002

Publicación: BOCBA N° 1510 del 23/08/2002

CONVENIO Nº 35

PARA MEJORAR LA COMPETITIVIDAD Y LA GENERACIÓN DE EMPLEO

PARTES

  • Estado Nacional
  • Estados Provinciales
  • Ciudad Autónoma de Buenos Aires
  • Cámara Argentina de Turismo (CAT)
  • Asociación de Organizadores de Congresos, Ferias, Exposiciones y afines de la República Argentina (AOCA)
  • Asociación de Ejecutivas de Empresas Turísticas (AFEET)
  • Asociación de Hoteles de Turismo de la República Argentina (AHT)
  • Asociación de Hoteles, Restaurantes, Confiterías y Cafés (AHRCC)
  • Asociación Argentina de Agencias de Viajes y Turismo (AAAVYT)
  • Federación Empresaria Hotelera, Gastronómica de la República Argentina (FEHGRA)
  • Cámara Argentina de Concesionarios de Servicios de Comedores y Refrigerios (CACYR)
  • Cámara Argentina de Tiempo Compartido (CATC)
  • Federación de Cámaras de Turismo (FEDECATUR)
  • Unión de Trabajadores Hoteleros y Gastronómicos de la República Argentina (UTHGRA)

En la Ciudad de Buenos Aires a los 2 días del mes de Julio del año dos mil uno se reúnen en el Hotel Inter-Continental, el Gobierno Nacional, los Gobiernos Provinciales, el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la Cámara Argentina de Turismo (CAT), la Asociación de Organizadores de Congresos, Ferias, Exposiciones y afines de la República Argentina (AOCA), Asociación de Ejecutivas de Empresas Turísticas (AFEET), Asociación de Hoteles de Turismo de la República Argentina (AHT), Asociación de Hoteles, Restaurantes, Confiterías y Cafés (AHRCC), Asociación Argentina de Agencias de Viajes y Turismo (AAAVYT), Federación Empresaria Hotelera, Gastronómica de la República Argentina (FEHGRA), la Cámara Argentina de Concesionarios de Servicios de Comedores y Refrigerios (CACYR), Cámara Argentina de Tiempo Compartido (CATC), Federación de Cámaras de Turismo (FEDECATUR), y la Unión de Trabajadores Hoteleros y Gastronómicos de la República Argentina (UTHGRA), con el objeto de mejorar la competitividad nacional e internacional del sistema productivo argentino, crear las condiciones favorables a la inversión y al empleo , apoyar la reconversión de los sectores turísticos mencionados y contribuir a la paz social, para lo cual asumen los siguientes compromisos:

  1. 1. El GOBIERNO NACIONAL se compromete a otorgar para la actividad turística los siguientes beneficios, atendiendo a la legislación que se encuentre vigente:

    1.1. Eximir el pago del impuesto sobre los intereses al endeudamiento empresario.
    1.2. Eximir del pago del impuesto a la renta mínima presunta.
    1.3. Otorgar al pago de los aportes patronales destinados al subsistema previsional, el carácter de crédito fiscal en el IVA.
    1.4. Promover la aplicación del régimen de devolución del IVA para turistas extranjeros por consumo de servicios de alojamiento para todo el país a partir del 1° de enero de 2002.
    1.5. Analizar la posibilidad de computar las contribuciones patronales sobre la nómina salarial como crédito fiscal para otros gravámenes en el caso de operaciones exentas de IVA.
    1.6. Promover la devolución del IVA a extranjeros en ferias y convenciones.
    1.7. Promover medidas que impliquen atenuar la estacionalidad del turismo interno.
    1.8. Analizar nuevos mecanismos de pago que permitan regularizar los atrasos impositivos y previsionales y de obras sociales de las empresas de estos sectores.
    1.9. Analizar el alcance que para las habitaciones del hotel, en cuanto a su consideración como extensión del domicilio privado, tiene la Ley N° 11.723 y su reglamentación.
    Los compromisos asumidos por el GOBIERNO NACIONAL se mantendrán en la medida en que las PARTES cumplan cabal y oportunamente con sus propios compromisos y tendrán vigencia hasta el 31 de marzo de 2003.

  2. Los GOBIERNOS PROVINCIALES y el GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES se comprometen a otorgar a la actividad turística los siguientes beneficios.

    2.1 Reducir la alícuota del Impuesto a los Ingresos Brutos aplicado al sector alojamiento en cada jurisdicción provincial, a un valor máximo del 1,5%.
    2.2 Eximir del Impuesto a los Ingresos Brutos al consumo de servicios de alojamiento realizado por turistas extranjeros, y a las prestaciones alimentarias a los comedores escolares, hospitalarios penitenciarios y laborales.
    2.3. Disminuir en un 50% el impuesto inmobiliario para los inmuebles afectados a explotaciones turísticas.
    2.4. Impulsar y propiciar medidas tendientes a la eliminación o absorción de tasas municipales que afecten los procesos productivos.
    2.5. Eliminar todas las regulaciones no laborales que traban la inversión, producción y comercialización en la actividad turística.
    2.6. Promover en el marco del Consejo Federal de Educación el escalonamiento vacacional para disminuir la estacionalidad del turismo interno.
    2.7. Consensuar en el marco del Sistema Integrado de Inspección del Trabajo y Seguridad Social y en el ámbito del Consejo Federal del Trabajo, la verificación del cumplimiento de los compromisos laborales asumidos por las partes signatarias del presente acuerdo. Asimismo en el ámbito del Consejo Federal del Trabajo, juntamente con la participación de las organizaciones de empleadores y de trabajadores, se impulsarán acciones que permitan eliminar el empleo no registrado y demás distorsiones que el incumplimiento de la normativa del trabajo y de la seguridad social provoca en los mercados.

  3. La PARTE EMPRESARIA representada por la Cámara Argentina de Turismo (CAT), la Asociación de Organizadores de Congresos Ferias, Exposiciones y Afines de la República Argentina (AOCA), Asociación de Ejecutivas de Empresas Turísticas (AFEET), Asociación de Hoteles de Turismo de la República Argentina (AHT), Asociación de Hoteles, Restaurantes, Confiterías y Cafés (AHRCC), Asociación Argentina de Agencias de Viajes y Turismo (AAAVYT), Federación Empresaria Hotelera, Gastronómica de la República Argentina (FEHGRA), la Cámara Argentina de Concesionarios de Servicios de Comedores y Refrigerios (CACYR), Cámara Argentina de Tiempo Compartido (CATC), Federación de Cámaras de Turismo (FEDECATUR), la Cámara Argentina de Concesionarios de Servicios de Comedores y Refrigerios (CACYR), se compromete a:

    3.1. Preservar los niveles de empleo existentes a la fecha de suscripción del presente acuerdo, hasta el 31 de marzo de 2003. Asimismo y con la participación del Ministerio de Trabajo, Empleo y Formación de Recursos Humanos, las representaciones sindicales y empresariales analizarán la implementación de mecanismos institucionales, que permitan preservar el empleo ante situaciones de crisis.
    3.2. Realizar los esfuerzos conducentes a generar nuevos puestos de trabajo, incrementar la productividad, la producción y las exportaciones de servicios del sector.
    3.3. Mantener la estabilidad de precios, desarrollar paquetes turísticos promocionales y promocionar internacionalmente los productos turísticos argentinos. Para el caso particular del mercado europeo, el sector se compromete a promocionar paquetes turísticos con cotización en euros.

  4. La PARTE SINDICAL representada por la Unión de Trabajadores Hoteleros y Gastronómicos de la República Argentina (UTHGRA), se compromete a:

    4.1. Apoyar las medidas emergentes de este acuerdo, que contribuyan a mejorar la competitividad y la generación de empleo.
    4.2. Contribuir a la paz social.

  5. La PARTE EMPRESARIA representada por la Cámara Argentina de Turismo (CAT), la Asociación de Organizadores de Congresos Ferias, Exposiciones y Afines de la República Argentina (AOCA), Asociación de Ejecutivas de Empresas Turísticas (AFEET), Asociación de Hoteles de Turismo de la República Argentina (AHT), Asociación de Hoteles, Restaurantes, Confiterías y Cafés (AHRCC), Asociación Argentina de Agencias de Viajes y Turismo (AAAVYT), Federación Empresaria Hotelera, Gastronómica de la República Argentina (FEHGRA), la Cámara Argentina de Concesionarios de Servicios de Comedores y Refrigerios (CACYR), Cámara Argentina de Tiempo Compartido (CATC), Federación de Cámaras de Turismo (FEDECATUR), la Cámara Argentina de Concesionarios de Servicios de Comedores y Refrigerios (CACYR) y la PARTE SINDICAL representada por la Unión de Trabajadores Hoteleros y Gastronómicos de la República Argentina (UTHGRA), se comprometen a:

    5.1. Sin menoscabo de las facultades que le competen al Ministerio de Trabajo, Empleo y Formación de Recursos Humanos, ambas partes fijan un plazo no inferior a seis (6) meses , contados a partir de la firma del presente, para dar comienzo a las negociaciones tendientes a la adecuación, actualización o renovación de las convenciones colectivas de trabajo de la actividad, propiciando en su caso, negociaciones laborales por empresa, con el objeto de facilitar la reconversión y mejorar la productividad de la industria turística. Las mismas partes establecen que, a partir de su inicio, la duración de las negociaciones no podrá extenderse más allá de los dos (2) años.
    5.2. Dentro del lapso de seis (6) meses aludido en el apartado anterior, las partes analizarán las condiciones en que se desenvuelve el sector Pymes de la actividad, con la finalidad de iniciar tratativas tendientes a la inclusión de un capítulo específico que comprenda a dichas empresas, dentro del convenio colectivo de trabajo de actividad que lo actualice o sustituya.
    5.3. En el marco de los compromisos recíprocos asumidos en el presente acuerdo, ambas partes se comprometen a atender criterios de productividad y de respeto a los derechos de los trabajadores, a fin de mejorar la competitividad del sector.
    5.4. Como aporte concreto al compromiso de combatir a la evasión y mejorar la competitividad, las partes incorporarán, con la intervención del Gobierno Nacional y de los Gobiernos Provinciales, cuando sea necesario, mecanismos negociales tendientes a la regularización del trabajo no registrado de la actividad, y prestando especial atención a la lucha contra organizaciones delictivas que proporcionan trabajo a menores inmigrantes ilegales y trabajadores desprotegidos, atentando contra la dignidad y derechos humanos de las personas, con la activa participación de la parte sindical y de las representaciones empresariales.
    5.5. Las partes empresarial y sindicales, con la participación del Gobierno Nacional, convienen en diseñar y ejecutar, de manera conjunta, un Programa de Formación Profesional para el sector de la industria turística, destinado a incrementar la capacitación y el nivel de calificación de los trabajadores desocupados. Para el desarrollo tripartito de este proyecto, las partes se comprometen a celebrar dentro de los noventa (90) días de la firma de este acuerdo, un convenio específico en el que se establecerán las responsabilidades y funciones, el financiamiento y las acciones de investigación necesarias para el desarrollo de un esquema de Formación Profesional integral para el sector.
    5.6. Realizar un estudio del mercado laboral del sector y un plan de acción para la implementación del nuevo régimen de trabajo.

  6. CLÁUSULA GENERAL

    6.1. Dada la reconocida necesidad de recuperar la actividad turística y vista la decisión del Gobierno Nacional, de los Gobiernos Provinciales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires de propiciar políticas activas tendientes a reactivar estas industrias y estimular la creación de puestos de trabajo, se considera conveniente dar continuidad a la concurrencia del Estado Nacional –juntamente con las representaciones empresaria y sindical- para encontrar soluciones a los problemas que aquejan a las actividades. En consecuencia, se conviene constituir una Comisión de Seguimiento del Acuerdo y de Elaboración de un Programa de Reconversión Estratégico. La comisión que se crea por este acuerdo estará integrada por tres (3) representantes del Gobierno Nacional (uno en representación del Ministerio de Economía, uno en representación del Ministerio de Trabajo, Empleo y Formación de Recursos Humanos y uno en representación de la Secretaría de Turismo de la Presidencia de la Nación), un (1) representante por cada uno de los sectores firmantes de este acuerdo y un (1) representante por cada una de las Provincias firmantes; los cargos serán desempeñados con carácter «ad-honorem». En su primera reunión, la Comisión aprobará su reglamento de funcionamiento. Toda vez que la Comisión trate cuestiones específicas que hicieren necesaria la intervención de otros Organismos Públicos, éstos serán convocados con carácter no permanente.
    Entre otras funciones, esta Comisión tendrá las siguientes:

    1. Impulsar el efectivo cumplimiento de los compromisos asumidos.
    2. Considerar otras propuestas que las partes signatarias estimen pertinentes para el logro de los objetivos del presente acuerdo.
    3. Recibir los requerimientos que le presenten las empresas del sector, en relación a sus pasivos originados en deudas previsionales y fiscales, los que serán elevados, para su tratamiento en forma prioritaria, a las autoridades que correspondieren.

    6.2. Los compromisos asumidos caducarán y tendrán finalización el 31 de marzo de 2003.
    No siendo para más, se suscriben tantos ejemplares como partes, de un mismo tenor y a un solo efecto, en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento.