Comisión Pro-Monumento a las víctimas del Terrorismo de Estado. Designación de Integrantes.

Numero: 447
Fecha: 1999
Clase: Decreto CABA
Tipo de Boletín:
Tipo de Entrada: Anexo
Anexos:
Fuero:
Fuente:

Decreto N° 447

Publicado en el BOCBA N° 654 del 17/03/1999

DESIGNANSE A LA LIC. GRACIELA BARELA DE BALBI, DR. HIPOLITO SOLARI YRIGOYEN, ARQ. ROBERTO CONVERTI Y AL LIC. LUIS GREGORIC, PARA INTEGRAR LA COMISION PRO-MONUMENTO A LAS VICTIMAS DEL TERRORISMO DE ESTADO

Buenos Aires, 9 de marzo de 1999.

Visto el Expediente Nº 71.520/98, relacionado con la integración de la Comisión pro-Monumento a las Víctimas del Terrorismo de Estado, creada por Ley Nº 46/98, y

CONSIDERANDO:

Que la mencionada Comisión estará integrada por el Vicepresidente 1º de la Legislatura, once (11) Diputados, cuatro (4) funcionarios designados por el Jefe de Gobierno, un (1) representante de la Universidad de Buenos Aires y un (1) representante por cada uno de los organismos de Derechos Humanos que impulsaran el proyecto de la Ley citada ut supra;

Que se hace necesario proceder a la designación de los funcionarios que integrarán dicha comisión, en representación del Poder Ejecutivo y en cumplimiento de lo dispuesto por el Art. 3º Inc. c) de la ley que nos ocupa;

Por ello y en uso de las atribuciones y facultades conferidas por los Arts. 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO
DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES
DECRETA :

Artículo 1º — Desígnanse a los funcionarios que a continuación se detallan para integrar la Comisión pro-Monumento a las Víctimas del Terrorismo de Estado, creada por Ley Nº 46/98, en cumplimiento de su artículo 3º inciso c):

Lic. Liliana Graciela Barela de Balbi Directora del Instituto Histórico de la Ciudad de Buenos Aires Dr. Hipólito Solari Yrigoyen Asesor de la Subsecretaría de Desarrollo Cultural

Arq. Roberto Converti Subsecretario de Planeamiento Urbano

Lic. Luis Gregoric Subsecretario de Coordinación de Gabinete

Art. 2º — El presente decreto será refrendado por los señores Secretarios de Cultura, de Medio Ambiente y Desarrollo Regional, de Planeamiento Urbano, de Gobierno y de Hacienda y Finanzas.

Art. 3º — Dése al Registro; publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires por intermedio de la Dirección General de Asuntos Políticos e Institucionales y pase, para su conocimiento, a las Secretarías de Planeamiento Urbano, de Gobierno, de Medio Ambiente y Desarrollo Regional y de Cultura.

Olivera
Darío Eduardo Lopérfido
Norberto Luis La Porta
Enrique García Espil
Enrique Mathov
Eduardo Alfredo Delle Ville