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Calle Franklin D. Roosevelt . Doble sentido circulación

Numero: 436
Fecha: 2000
Clase: Ley CABA
Tipo de Boletín: B.O. CABA
Tipo de Entrada: Derecho
Anexos:
Fuero:
Fuente:

 

Buenos Aires 06 de julio de 2000

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

sanciona con fuerza de Ley

Artículo 1º.– Modifícanse los términos del Decreto Ordenanza Nº 10.407/47 B.M. 8.174, texto ordenado de las arterias con sentido único de circulación, restituyéndose el doble sentido circulatorio a la calle Franklin D. Roosevelt entre Lugones y Valdenegro.

Artículo 2º.– La medida dispuesta en el artículo 1º entrará en efectiva vigencia una vez instalado el correspondiente señalamiento ilustrativo, el que deberá emplazarse dentro de los noventa (90) días de su promulgación.

Artículo 3º.– Comuníquese, etc.

CRISTIAN CARAM

RUBÉN GÉ

LEY N° 436

Sanción: 06/07/2000

Promulgación: Decreto N° 1.329/2000 del 04/08/2000

Publicación: BOCBA N° 1001 del 08/08/2000

Descriptores

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