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Calle Carlos Gardel . Prohibida Circulación

Numero: 380
Fecha: 2000
Clase: Ley CABA
Tipo de Boletín: B.O. CABA
Tipo de Entrada: Derecho
Anexos:
Fuero:
Fuente:

 

Buenos Aires 11 de mayo de 2000

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

sanciona con fuerza de Ley

Artículo 1º.– Prohíbese la circulación general de vehículos en la calle Carlos Gardel entre Dr. Tomás Manuel de Anchorena y Jean Jaures.

Artículo 2º.– Exceptúase de la prohibición dispuesta en el Artículo 1º a los vehículos de los servicios de urgencias y los afectados a servicios públicos, así como los de propietarios de cocheras ubicadas en dicho tramo de arteria, todos los cuales deberán circular a paso de hombre.

Artículo 3º.– La presente ley entrará en efectiva vigencia una vez instalado el señalamiento ilustrativo correspondiente.

Artículo 4º.– Comuníquese, etc.

CRISTIAN CARAM

RUBÉN GÉ

LEY N° 380

Sanción: 11/05/2000

Promulgación: De Hecho del 15/06/2000

Publicación: BOCBA N° 970 del 26/06/2000

Descriptores

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  • ciudadyderechos@defensoria.org.ar
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