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ABL. Asociaciçon Civil Sociedad Argentina de Escritores S.A.D.E. Condonación de deuda

Numero: 503
Fecha: 2000
Clase: Ley CABA
Tipo de Boletín: B.O. CABA
Tipo de Entrada: Derecho
Anexos:
Fuero:
Fuente:

Buenos Aires 28 de septiembre de 2000

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

sanciona con fuerza de Ley

Articulo 1º.- Condónase a la Asociación Civil Sociedad Argentina de Escritores S.A.D.E., Personería Jurídica Nº 1907, la deuda por la Contribución por Alumbrado Barrido y Limpieza, Territorial y de Pavimentos y Aceras y Ley Nº 23.514, que mantienen con el Gobierno de la Ciudad los siguientes inmuebles: México Nº 524, Partida Nº 215.594, Uruguay Nº 1371, Partida Nº 451.675, Córdoba Nº 1332, Piso 1º Dto. M18, Partida Matriz Nº 222.120, Partida Horizontal Nº 1.041.219 y México Nº 534, Partida Nº 215.595.

Artículo 2º.- Comuníquese, etc.

JORGE SRUR

JUAN MANUEL ALEMANY

LEY N° 503

Sanción: 28/09/2000

Promulgación: Decreto N° 1770 del 13/10 /2000

Publicación: BOCBA N° 1051 del 19/10/2000

Descriptores

  • 0800-999-3722 
  • ciudadyderechos@defensoria.org.ar
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