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Cooperadoras escolares. Subsidios. Modificación-2330

Numero: 100
Fecha: 1998
Clase: Ley CABA
Tipo de Boletín: B.O. CABA
Tipo de Entrada: Derecho
Anexos:
Fuero:
Fuente:

Buenos Aires 19 de noviembre de 1998

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
sanciona con fuerza de Ley

Artículo 1º – Convalídase los cambios de destino, respecto de las Ordenanzas Nº 43.406 y 43. 410, de 1990 y 1991, respectivamente, efectuados por las Asociaciones Cooperadoras de los siguientes establecimientos educativos: Escuela Nº 8, D.E.17; Escuela Nº 11, D.E. 14; Escuela Nº 2, D.E. 13; Escuela Nº 1, D.E. 3; Escuela Nº 2, D.E. 3; Escuela Nº 7, D.E. 1º; Escuela Nº 14, D.E. 15; Escuela Nº 4, D.E. 13; Escuela Nº 4, D.E. 11; Escuela Nº 20, D.E. 8; Escuela Nº 6, D.E. 1º; Escuela Nº 8, D.E. 15; Escuela Nº 15, D.E. 17; Escuela Nro.23, D.E. 17; J.I.N. Nº 10, D.E. 9; Escuela Nº 10, D.E. 4º; Escuela Nº 13, D.E. 9º; Escuela Nº 1, D.E. 21; Escuela Nro. 23, D.E 1º; Escuela Nro. 19, D.E. 15 y Escuela Nº 11, D.E. 14.

Artículo 2º – Comuníquese, etc.

ENRIQUE OLIVERA
MIGUEL ORLANDO GRILLO

Descriptores

  • Derechos
    • Educación
      • Subsidio (educ.)
  • 0800-999-3722 
  • ciudadyderechos@defensoria.org.ar
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