Ir al contenido
  • Home
  • Leyes de la Ciudad 1
  • Leyes de la Ciudad 2
Menu
  • Home
  • Leyes de la Ciudad 1
  • Leyes de la Ciudad 2

Asociación «El Centavo». Fe de Errata

Numero: 352
Fecha: 2000
Clase: Ley CABA
Tipo de Boletín: B.O. CABA
Tipo de Entrada: Derecho
Anexos:
Fuero:
Fuente:

 

Buenos Aires 09 de marzo de 2000

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

sanciona con fuerza de Ley

Artículo 1º – Corrígese la errata del texto del artículo 1º de la Ley 328, sancionada el 28 de diciembre de 1999 y que fuera publicada en el Boletín Oficial número 879 (página 15.576), del viernes 11 de febrero de 2000, el que quedará redactado de la siguiente manera: «Artículo 1°.- Condónase a la Asociación «El Centavo» la deuda que en concepto de Contribución de Alumbrado, Barrido y Limpieza, Territorial y de Pavimentos y Aceras y Ley Nacional N° 23.514, tiene el inmueble sito en la calle Darregueyra N° 2342/50, partida 0428736 y Darregueyra N° 2450, partida 0428764 respectivamente.»

Artículo 2°.- Comuníquese, etc.

GUILLERMO OLIVERI

RUBÉN GÉ

LEY N° 352

Sanción: 09/03/2000

Promulgación: Decreto Nº 457/2000 del 04/04/2000

Publicación: BOCBA N° 921 del 11/04/2000

Descriptores

  • 0800-999-3722 
  • ciudadyderechos@defensoria.org.ar
El Portal no se responsabiliza por la cooperación material necesaria para la publicación o difusión de artículos y colaboraciones firmadas y contenidos de reportajes o transmisión o retransmisión de noticias de interés general con expresión de su fuente.