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Polo de Atracción La Recoleta. C.P.U. Desafectación. Área de protección histórica. Afectación. APH.

Numero: 206
Fecha: 1999
Clase: Ley CABA
Tipo de Boletín: B.O. CABA
Tipo de Entrada: Derecho
Anexos:
Fuero:
Fuente:

 

Buenos Aires 17 de junio de 1999

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

sanciona con fuerza de Ley

Artículo 1º – Desaféctase del distrito de zonificación U29 Polo de Atracción La Recoleta, a la zona IV, conformada por el Cementerio de la Recoleta, Centro Cultural – Complejo Museológico Municipal, Museo Palais de Glace, Plaza Intendente Alvear, Plaza San Martín de Tours, Plaza Ramón J. Cárcano, el cantero Chabuca Granda, y la Iglesia Nuestra Señora del Pilar.

Artículo 2º – Aféctanse los edificios, equipamientos y espacios verdes, descriptos en el Artículo 1º al distrito de zonificación APH-Área de Protección Histórica.

Artículo 3º – El Poder Ejecutivo elaborará las normas respectivas, las cuales serán enviadas a la Legislatura en un plazo no mayor de ciento ochenta (180) días de recibida la presente. Asimismo se encomienda la modificación del plano Nº 5.4.6.30 del Código de Planeamiento Urbano AD 610.42.-

Artículo 4º – Comuníquese, etc.

CRISTIAN CARAM

MIGUEL ORLANDO GRILLO

LEY N° 206

Sanción: 17/06/99

Promulgación:Decreto N°1496  del 29/07/99

Publicación: BOCBA N° 752 del 10/08/99


Descriptores

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  • ciudadyderechos@defensoria.org.ar
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