Diputadas y diputados mandato cumplido.

Numero: 440
Fecha: 2000
Clase: Ley CABA
Tipo de Boletín: B.O. CABA
Tipo de Entrada: Derecho
Anexos:
Fuero:
Fuente:

Buenos Aires, 20 de julio de 2000

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

sanciona con fuerza de Ley

Artículo 1º: Los ex Diputados y Diputadas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires podrán continuar utilizando el título correspondiente al cargo legislativo que ejercieron, con el aditamento de la expresión Mandato Cumplido.

Artículo 2°: Comuníquese.

CRISTIAN CARAM

RUBÉN GÉ

LEY N° 440

Sanción: 20/07/2000

Promulgación: Decreto N° 1498/2000 del 29/08/2000

Publicación: BOCBA N° 1017 del 31/08/2000