Texto ordenado del Código de Planeamiento Urbano para el año 2003
Decreto CABA Nº: 844 / 2003
Publicado en el B.O. CABA Nº 1742 del 23-07-2003
APRUÉBASE EL TEXTO ORDENADO DEL CÓDIGO DE PLANEAMIENTO URBANO PARA EL AÑO 2003
Buenos Aires, 3 de julio de 2003
Visto los artículos 1.3.2, 1.4.1, 1.4.2 y 1.4.3 del Código de Planeamiento Urbano y lo actuado por Expediente N° 64.791/2001
CONSIDERANDO: Que el texto del artículo 1.4.1 del Código de Planeamiento Urbano establece la obligación de ordenar el texto de ese cuerpo normativo e incorporar al mismo las modificaciones y agregados que se aprueben, debiendo mantenerse inalterada la continuidad de su articulado;
Que para el cumplimiento de ese deber legal la Dirección General de Planeamiento e Interpretación Urbanística elaboró un anteproyecto que fue revisado por una comisión integrada por representantes de la Sociedad Central de Arquitectos, el Consejo Profesional de Arquitectura y Urbanismo, el Centro Argentino de Ingenieros, el Consejo Profesional de Ingeniería Civil, el Consejo Profesional de Agrimensura y la Asociación Argentina de Planificadores Urbanos Regionales
Que, a su vez, el trabajo de la Comisión fue analizado por el Consejo del Plan Urbano Ambiental y con sus aportes las dependencias técnicas de la Subsecretaría de Espacio Público y Desarrollo Urbano, realizaron el Proyecto definitivo
Que a los efectos de facilitar el acceso al lector de la totalidad de las normas vigentes al mes de marzo de 2003, para su mejor comprensión y aplicación se complementó el texto con notas aclaratorias que exponen la interpretación oficial de las disposiciones del citado Código
Que en virtud de lo dispuesto por el artículo 1.3.2 del Código de Planeamiento Urbano, la interpretación oficial del mismo la dicta el Jefe de Gobierno, a propuesta de la Secretaría competente en la materia
Que en este sentido, se ha expedido la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 102 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y de los Arts. 1.3.2 y 1.4.1 del Código de Planeamiento Urbano
EL JEFE DE GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES DECRETA:
Artículo 1°.- Apruébase el texto ordenando del Código de Planeamiento Urbano para el año 2003, que como Anexo I forma parte integrante del presente con plenos efectos.
Artículo 2°.- Encomiéndase al Consejo del Plan Urbano Ambiental la confección de la versión de difusión vecinal del Código de Planeamiento Urbano que por el presente se aprueba en cumplimiento del artículo 1.4.2 de dicho ordenamiento.
Artículo 3°.- El presente Decreto es refrendado por los señores Secretarios de Medio Ambiente y Planeamiento Urbano y Jefe de Gabinete.
Artículo 4°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial, comuníquese a la Legislatura de la Ciudad, y para su conocimiento y demás efectos pase a la Secretaría de Medio Ambiente y Planeamiento Urbano, a la Subsecretaría de Espacio Público y Desarrollo Urbano y al Consejo del Plan Urbano Ambiental. Cumplido, archívese.
IBARRA – Epszteyn – Fernández
Presentacion
Ley Nº 449
Sección 1 – Generalidades
Sección 2 – Normas Administrativas
Sección 3 – De La Propuesta de Apertura de Vía Pública y del Parcelamiento
Sección 4 – Normas Generales Sobre Tejido Urbano
Sección 5 – Zonificación en Distritos: A – B – C – D – E – F – G
Sección 6 – Sistema Vial
Sección 8 – De La Renovación Urbana
Sección 9 – Procedimiento de Modificaciones Del Código
Sección 10 – Protección Patrimonial
Atlas: 1 – 2 –
Atlas: 1 – 2 – 3 – 4 – 5 – 6 – 7 – 8 – 9 – 10 – 11 – 12 – 13 – 14 – 15 – 16 – 17 – 18 – 19 – 20 – 21 – 22 – 23 – 24 – 25 – 26 –27
Planchetas De Zonificación: 1 – 2 – 3
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